Tema: Declaración de la renta del Foro de Fiscalidad.
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11 de noviembre, 2011
Declaración de la renta
Hola,
Me gustaría invertir en Santander más o menos para cuando la acción este por 5.2€ la pregunta es cuando hay que hacer la declaración de la renta.
Es decir yo compro i pago una comisión + un canon de bolsa i cuando vendo lo mismo, pero cuando se acaba el año tendría que hacer la declaración de la renta para declarar esos beneficios lo que no se es si hay que hacerla a partir de una cantidad de beneficios o si sa de hacer siempre.
Ya de paso si alguien se anima me podría decir cómo ve eso de invertir en Santander en estos momentos o si soy loco que no sabe lo que dice.
Un saludo
Me gustaría invertir en Santander más o menos para cuando la acción este por 5.2€ la pregunta es cuando hay que hacer la declaración de la renta.
Es decir yo compro i pago una comisión + un canon de bolsa i cuando vendo lo mismo, pero cuando se acaba el año tendría que hacer la declaración de la renta para declarar esos beneficios lo que no se es si hay que hacerla a partir de una cantidad de beneficios o si sa de hacer siempre.
Ya de paso si alguien se anima me podría decir cómo ve eso de invertir en Santander en estos momentos o si soy loco que no sabe lo que dice.
Un saludo
11 de noviembre, 2011
Los beneficios o perdidas siempre hay que declararlos...
No recuerdo muy bien pero creo que hay un minimo exento de 1500€, pero esto no exime de declararlos, el programa Padre ya lo realiza el automaticamente y en caso de hacer la declaracion a traves de un gestor el lo tendria que saber.
Si tienes pensado operar en intradia o a corto plazo sobre el mismo valor ten encuenta que no se pueden compensar perdidas con beneficios en periodos inferiores a dos meses.
Lo de SAN depende de tu operativa (intradia, corto o medio-largo plazo)
No recuerdo muy bien pero creo que hay un minimo exento de 1500€, pero esto no exime de declararlos, el programa Padre ya lo realiza el automaticamente y en caso de hacer la declaracion a traves de un gestor el lo tendria que saber.
Si tienes pensado operar en intradia o a corto plazo sobre el mismo valor ten encuenta que no se pueden compensar perdidas con beneficios en periodos inferiores a dos meses.
Lo de SAN depende de tu operativa (intradia, corto o medio-largo plazo)
15 de noviembre, 2011
hola aprovechando el hilo abierto pregunto un par de cosas que tenia duda a ver si alguien las sabe:
1º Cuando se tiene una perdida , la cantidad que te compensa en la declaracion de la renta ¿cual es el 100% de la perdida o el mismo porcentaje que en los beneficios?
2º Si operamos en una moneda extranjera a la hora de hacer la declaracion he leido en algunos sitios (de cdf ) hay problemas por el cambio de divisa es correcto?
3º Las comisiones e intereses cuentan en la declaracion de hacienda en positivo y en negativo tambien?
Muchas gracias por todo , saludos.
1º Cuando se tiene una perdida , la cantidad que te compensa en la declaracion de la renta ¿cual es el 100% de la perdida o el mismo porcentaje que en los beneficios?
2º Si operamos en una moneda extranjera a la hora de hacer la declaracion he leido en algunos sitios (de cdf ) hay problemas por el cambio de divisa es correcto?
3º Las comisiones e intereses cuentan en la declaracion de hacienda en positivo y en negativo tambien?
Muchas gracias por todo , saludos.
15 de noviembre, 2011
1.- Las compensaciones de perdidas con los beneficios son integras, de no poderse compensar en su totalidad , se dispone de 4 años para compensar.
2.- Si se dispone una cuenta en moneda extranjera, el valor de esa cuenta en euros sera la que tiene el valor de cambio a 31 de diciembre.
3.- Los intereses obtenidos por el capital depositado en cuentas no se computan con los beneficios de activos financieros, tiene su epigafre especifico.
Las comisiones de broker, canones de bolsa, canon por custodia de valores, entran en el computo de beneficios/perdidas, es decir el calculo de los beneficios o perdidas de una operacion es la resta entre el capital obtenido al cerrar la operacion y la suma de el capital invertido mas los gastos al abrir la operacion, si el resultado es positivo es beneficio si es negativo es perdida.
2.- Si se dispone una cuenta en moneda extranjera, el valor de esa cuenta en euros sera la que tiene el valor de cambio a 31 de diciembre.
3.- Los intereses obtenidos por el capital depositado en cuentas no se computan con los beneficios de activos financieros, tiene su epigafre especifico.
Las comisiones de broker, canones de bolsa, canon por custodia de valores, entran en el computo de beneficios/perdidas, es decir el calculo de los beneficios o perdidas de una operacion es la resta entre el capital obtenido al cerrar la operacion y la suma de el capital invertido mas los gastos al abrir la operacion, si el resultado es positivo es beneficio si es negativo es perdida.
22 de mayo, 2023
Hola, buena tarde, aprovecho el hilo no sé en realidad con quien puedo quejarme, sobre la devolución de mi dinero, pues solicité mi devolución de 8,000 pesos por necesidad, tema de salud, me dijeron que lo harían después de algunas peticiones, es la hora en la que nadie me responde a casi un mes de la solicitud, me hicieron llenar un documento, lo envié y supuestamente era cosa de finanzas, pero ahora eh tratado de comunicarme con ellos y nadie me responde por ningun medio, realmente lo necesito, no sé si alguien pueda ayudarme
22 de mayo, 2023
Buenas, Usuario 100349789. Al hablar de pesos supongo que eres de algún pais de Latinoamerica. Te recomiendo asesorarte con un abogado profesional experto en temas relacionados a la tributación de impuestos.
Cualquier cosa que necesites hazmelo saber, aunque es muy dificil para mi ayudarte en este caso especifico, pues en mi pais aun no hice ninguna declaración y más aún no lo di en mi enseñanza escolar, así que el tema se me hace algo nuevo.
Un saludo y lo siento, espero que soluciones el tema lo antes posible. ¡Suerte!
Cualquier cosa que necesites hazmelo saber, aunque es muy dificil para mi ayudarte en este caso especifico, pues en mi pais aun no hice ninguna declaración y más aún no lo di en mi enseñanza escolar, así que el tema se me hace algo nuevo.
Un saludo y lo siento, espero que soluciones el tema lo antes posible. ¡Suerte!
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